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¿Conoces estos recargos marítimos? GRI/PSS/EBS/THC/ORC/CIC/HLA...

Vistas:0     Autor:Editor del sitio     Hora de publicación: 2025-12-30      Origen:Sitio

Debido a diversas razones relacionadas con buques, mercancías, puertos y otros aspectos, las navieras incurren en gastos adicionales o pérdidas económicas al transportar mercancías. Para compensar estos gastos o pérdidas, además de la tarifa base, las navieras establecen recargos adicionales llamados Surcharge o Additional.
Existen numerosos tipos de recargos, y con cambios en las circunstancias, algunos se cancelan o se crean nuevos. Este artículo recopila los recargos marítimos más comunes actuales, con el fin de ayudarte a entenderlos mejor y evitar sorpresas desagradables en tus operaciones logísticas.

Recargos marítimos comunes: definición, uso y reglas

01. Recargo de Aumento General de Tarifas (GRI)

GRI (General Rate Increase) se utiliza principalmente en rutas de Sudamérica y Estados Unidos. Debido a factores como puertos, buques, combustible, mercancías u otros, los costos de transporte de las navieras aumentan notablemente. Las navieras cobran este recargo para compensar dichos gastos adicionales.

02. Recargo de Temporada Pico (PSS)

PSS (Peak Season Surcharge) es un recargo que muchas navieras cobran durante la temporada pico de carga, similar al aumento de precios en el "transporte de primavera" de China. Generalmente, los meses de abril a noviembre son la temporada pico del transporte marítimo mundial.

03. Recargo de Combustible de Emergencia (EBS)

EBS (Emergency Bunker Surcharge) es un recargo del flete marítimo, generalmente liquidado en dólares estadounidenses. En el plazo FOB, este costo debe ser borne por el consignatario, no por el remitente, ya que EBS no es un gasto local FOB. Puede ser cobrado por adelantado o a la entrega.
Se implementa temporalmente cuando el precio del petróleo crudo internacional sube rápidamente, y las navieras no pueden aumentar el flete de inmediato por la debilidad del mercado, por lo que cobran este recargo para compensar los costos crecientes.

04. Cargo de Manejo en Terminal (THC)

THC (Terminal Handling Charge) se divide en OTHC (Origin Terminal Handling Charge, cargo de manejo en terminal de origen) y DTHC (Destination Terminal Handling Charge, cargo de manejo en terminal de destino).

05. Cargo de Recepción en Origen (ORC)

ORC (Original Receiving Charge) es un cargo complejo, con diferencias y conexiones con el THC. Solo se aplica en puertos de la región sur de China (principalmente Guangdong), mientras que el THC se cobra en todos los puertos (incluyendo los de Guangdong).
Solo se cobra uno de los dos: si se cobra ORC, no se cobra THC y viceversa. El ORC se aplica específicamente a rutas oceánicas desde puertos de la región sur de China a América del Norte, América Central y del Sur, Europa y África del Norte. Para otros destinos como el Sudeste Asiático, solo se cobra THC.

06. Recargo de Congestión Portuaria (PCS)

PCS (Port Congestion Surcharge) se cobra cuando un puerto está congestionado o especialmente ocupado. Esto prolonga el tiempo de espera del buque y los plazos de navegación, y puede aumentar los costos de atraque como los de remolcadores, generando un aumento significativo de los costos de transporte. Las navieras lo cobran al cargador para compensar las pérdidas.

07. Recargo de Desequilibrio de Contenedores (CIC)

CIC (Container Imbalance Charge) se debe al desequilibrio de flujo de mercancías y contenedores causado por el desequilibrio del volumen comercial o cambios estacionales. Las navieras lo cobran para compensar los costos de reubicación de contenedores vacíos.

08. Cargo de Entrega en Destino (DDC)

DDC (Destination Delivery Charge) es borne por el vendedor/remitente en plazos como DDU o DDP; de lo contrario, es pagado por el comprador/consignatario. Por ejemplo, en el plazo CIF, el comprador/consignatario asume todos los costos y riesgos después de que las mercancías pasen la borda del buque en el puerto de embarque, por lo que el DDC y otros costos del puerto de destino son su responsabilidad.

09. Recargo por Carga Pesada (HLA)

HLA (Heavy-Lift Additional) o Surcharge For Over Weight se aplica cuando el peso de una unidad de mercancía excede un estándar determinado (varía según la naviera o el agente de carga). Requiere equipos especiales (como grúas pesadas) o operaciones especiales (apoyos, materiales de refuerzo y mano de obra para amarrar o reforzar), lo que aumenta los costos de manipulación.
Generalmente, se considera carga pesada si excede 2, 3 o 5 toneladas. Se cobra según el peso (mayor peso = mayor recargo) y se aplica cada vez que haya un transbordo.

10. Recargo de Ajuste Monetario (CAF)

CAF (Currency Adjustment Factor) o CAS (Currency Adjustment Surcharge) se cobra cuando la moneda de liquidación del flete sufre una depreciación notable, lo que provoca pérdidas a las navieras. Las navieras trasladan estas pérdidas al cargador/propietario de la mercancía a través de este recargo.

11. Recargo por Carga Larga (LLA)

LLA (Long Length Additional) o Over Length Additional se aplica cuando la longitud de una unidad de mercancía excede un estándar (varía según la naviera o el agente de carga). Requiere equipos o operaciones especiales, lo que aumenta los costos de manipulación.
Generalmente, se considera larga si excede 9 metros; para contenedores, generalmente más de 6 metros. La tarifa aumenta según la longitud.

12. Recargo de Recuperación de Costos de Emergencia (ECRS)

ECRS (Emergency Cost Recovery Surcharge), también llamado "recargo por operaciones en mal tiempo", se cobra cuando condiciones meteorológicas adversas o situaciones similares aumentan significativamente los costos de transporte y operación de los buques.

13. Cargo de Servicio de Contenedores (CSC)

CSC (Container Service Charge) es un cargo por servicios relacionados con contenedores.

14. Recargo de Combustible (FAF)

FAF (Fuel Adjustment Factor) se utiliza principalmente en rutas japonesas. Es similar al EBS en esencia, pero con un nombre diferente: se cobra cuando el precio del combustible sube repentinamente.

15. Declaración de Resumen de Entrada (ENS)

ENS (Entry Summary Declaration) es la regla de declaración anticipada de manifesto de aduanas europeas. Desde el 1 de enero de 2011, la UE exige obligatoriamente la "declaración anticipada de manifesto" para todo el transporte que se dirija a puertos de la UE (todas las mercancías importadas a la UE) o transite por ellos (mercancías en tránsito, no descargadas, etc.), aplicable a todos los estados miembros de la UE.

16. Recargo del Canal de Suez (SCS)

SCS (Suez Canal Surcharge) se aplica a rutas desde Asia, Oceanía y África Oriental a Europa, que generalmente transitan por el Canal de Suez. Las navieras pagan un cargo de navegación a las autoridades del canal y lo trasladan al cliente a través de este recargo.

17. Tarifa de Tránsito del Canal de Panamá (PTF)

PTF (Panama Canal Transit Fee) es similar al SCS. Las rutas desde el Lejano Oriente y la Costa Oeste de Estados Unidos a la Costa Este de Estados Unidos generalmente transitan por el Canal de Panamá. Las navieras pagan un cargo de navegación y lo cobran al cliente como recargo.

18. Cargo de Documentación (DOC)

DOC (Document) tiene dos tipos: uno cobrado por la naviera (tarifa fija, en yuanes chinos) y otro cobrado por el puerto de destino (costo básico del puerto de destino, en dólares estadounidenses, varía según el agente del puerto de destino).

19. Cargo de Registro en el Sistema de Manifesto Automático (AMS)

AMS (Automatic Manifest System) se utiliza en rutas a Estados Unidos y Canadá, exclusivo de Estados Unidos. Todas las mercancías que se dirijan a Estados Unidos o transiten por ellos deben ser declaradas en el AMS 24 horas antes de la carga. También se conoce como sistema de manifesto de 24 horas o sistema de manifesto antiterrorista estadounidense.

20. Recargo de Riesgos Adicionales Temporales (TAR)

TAR (Temporary Additional Risks) se puede entender simplemente como recargo de guerra o una denominación alternativa para él.

21. Cargo de Información Comercial Anticipada (ACI)

ACI (Advance Commercial Information) es una regla de aduanas canadienses. Todas las mercancías que se dirijan a Canadá o transiten por ellos deben ser declaradas a las aduanas canadienses 24 horas antes de la carga, muy similar al AMS estadounidense.

22. Otros recargos comunes

  • Cargo de Limpieza de Bodega (CC): CC (Cleaning Charge), común en el transporte de mercancías sueltas.

  • Recargo de Combustible (B.A.F.): BAF (Bunker Adjustment Factor), se cobra cuando el precio del combustible sube repentinamente.

  • Recargo de Transbordo: Se cobra para mercancías destinadas a puertos no básicos que requieren transbordo, incluyendo costo de transbordo y flete de segunda etapa.

  • Recargo de Navegación Directa: Se cobra cuando las mercancías destinadas a un puerto no básico alcanzan un volumen suficiente para que la naviera organice una navegación directa sin transbordo.

  • Recargo de Puerto: Se cobra por puertos con equipamiento deficiente, baja eficiencia de carga/descarga u otros factores.

  • Recargo de Elección de Puerto: Se cobra cuando el cargador no determina el puerto de descarga en el momento del envío y solicita elegir uno entre dos o más puertos previstos.

  • Recargo de Desviación: Se cobra cuando el buque debe desviarse de la ruta normal debido a obstáculos para entregar las mercancías al puerto de destino.

  • Recargo de Cambio de Puerto de Descarga: Se cobra cuando el propietario de la mercancía solicita cambiar el puerto de descarga original, con la aprobación de las autoridades (como aduanas) y la naviera.


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